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Como es de conocimiento, del Poder Ejecutivo, del Congreso de la República, de la clase trabajadora y de la opinión publica nacional y global, la Federación Nacional Minera (FNTMMSP), viene gestionando derechos importantes que permitan reconocer una vida digna y el trabajo decente para los trabajadores mineros, como son la Ley de Jubilación y la Ley de Utilidades Mineras.
¿Qué está ocurriendo con la aprobación de estos importantes proyectos para los trabajadores mineros del Perú?
Según informa la agencia "Rebanadas de Realidad" de Argentina, son más de 2 años de arduas gestiones a nivel del Poder Legislativo y Ejecutivo por la vía “democrática” y dentro el “Estado de Derecho”, sin embargo, pero los dirigentes populares, dicen percibir que no hay voluntad política de parte del Gobierno Central para reconocer legalmente los derechos laborales y sociales de los trabajadores mineros que se encuentran contenidos en la Constitución Política del Perú, en cuanto a la Ley de Jubilación y de Utilidades Mineras; por el contrario, solamente desde el “aparato del Estado” se viene privilegiando de manera discriminatoria a uno de los factores de la producción como es el “CAPITAL” que llega a nuestro país con el pretexto de “generar el desarrollo y ayudar a combatir a la pobreza” por medio de los “proyectos de inversión” de empresas transnacionales mineras; entidades privadas que desde la época fujimorista hasta la actualidad -en muchos casos usando métodos corruptos- han obtenido “todo tipo de seguridades para su inversión” a través de leyes complacientes como la “Ley que regula los Contratos de Estabilidad con el Estado” que establece condiciones extremas de “estabilidad” tributaria, Jurídica, administrativa y legislativa, a costa del derecho de los trabajadores y del usufructo de los recursos naturales que corresponden a la nación, constituyendo en un caso el factor de la “Mano de obra (trabajo)”, y en el otro, la “MATERIA PRIMA” necesaria para la generación de la riqueza.
En estos casos las leyes que se han gestado favorecen “exclusivamente” al empresariado minero, “que es solamente uno de los factores de la producción”, postergándose así, los derechos laborales, sociales y ambientales de los ciudadanos peruanos.
Se debe tener presente que, los factores fundamentales para la generación de riqueza son: El capital, el trabajo, la materia prima y la tecnología, agregándose en este último siglo el conocimiento como factor ineludible de competitividad. Factores que deben ser legislados con absoluta responsabilidad y racionalidad defendiendo los altos intereses de la nación peruana.
Es pues esta, la clara demostración de una errada aplicación de la política económica del Gobierno de turno que viene atentando contra los trabajadores mineros y sus familias, yendo en contra del principio constitucional de la Dignidad humana del ciudadano peruano, generando inestabilidad política, económica, laboral, social y ambiental que afecta al país, situación que no se justifica toda vez que la explotación de la mayoría de yacimientos mineros tienen reservas estimadas por más de 20 años y vienen generando ingentes ganancias a los empresarios mineros y permitido grandes recaudaciones tributarias al Estado Nacional.
Y si hablamos de la “tercerización” en el sector minero, ésta continúa incontrolable, ya que existen más de 85 mil trabajadores bajo este sistema semifeudal y esclavista.
La FNTMMSP luchó para este cambio propiciando la promulgación de la Ley 29245 , considerándose un avance, sin embargo, de inmediato la misma fue modificada en el Poder Ejecutivo por el D.L.1038 y posteriormente reglamentada por el D.S.006-2008-T.R. entregando nuevamente todo el poder a los empresarios y con ello “haciendo abuso del poder delegado por el Pueblo, se burlaron nuevamente del derecho de los trabajadores”, privilegiando nuevamente al “gran capital”, continuando con las injusticias en el sector minero afectándose a una multitud de trabajadores jóvenes que están bajo esa condición de subcontratación.
Esta realidad representa una cruda demostración de que en pleno siglo XXI en el Perú, se quiere continuar con explotación humana atentando contra los derechos humanos fundamentales de sus ciudadanos, de nuestros recursos naturales y la fuerza productiva de los trabajadores mineros sin respetar los derechos normados en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en los acuerdos internacionales que el gobierno peruano ha firmado de manera vinculante como son: libertad sindical, salarios dignos, salud y seguridad. etc.
Por estas razones, la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú (FNTMMSP), afirma bajo los argumentos vertidos, que estamos frente a un régimen de gobierno que no tiene en su agenda los derechos fundamentales de los trabajadores, de allí que los constantes conflictos socio laborales resultan ser de su entera responsabilidad.
Empresa minera china Shougang no reconoce la Negociación Colectiva en el Perú
Este importante derecho se encuentra amenazado por que esta empresa transnacional china viene haciendo uso y abuso del poder que al parecer “le ha delegado el gobierno central”, que le permite “pisotear y desdeñar” la Legislación Nacional y los Convenios de la OIT Nº 87 y 98, declarándose en rebeldía frente a la Resolución Directoral Regional Nº 025-2009 que el Gobierno Regional de Ica dio solucionando la Negociación Colectiva del Sindicato de Obreros de Shougang; ante este grave problema, desde el 28 de setiembre los trabajadores de esa base minera del sur del Perú se encuentran en Huelga General Indefinida porque la transnacional estatal minera china Shougang ha “judicializado el mandato de la negociación Colectiva” atentando contra las normas laborales vigentes en el Perú y aquellas vinculantes con los convenios que el Perú ha firmado con la OIT.
¿El Gobierno Permitirá que una empresa transnacional se burle de un derecho tan importante para la vida democrática del Perú?
ACUERDOS DE LA 66 ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS
* 1º Ante la falta de voluntad política del Gobierno se acordó materializar un Paro Nacional de 48 horas los días 19 y 20 de Octubre de 2009. * 2º El Paro de protesta es por la falta de voluntad política al observar el Poder Ejecutivo el PROYECTO DE LEY DE JUBILACION MINERA Nº 847-2006/CR, que fue aprobado por amplia mayoría en el Congreso de la República, sin embargo fue observado sin fundamento, debe tenerse presente que este Proyecto tiene más de 2 años de presentado al Congreso. * 3º Lo mismo ocurre con el proyecto de Ley Nº 1670/PE, que se refiere a la PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES, Proyecto que busca una distribución justa para todos los trabajadores Mineros; Metalúrgicos y Siderúrgicos, ya existe un dictamen favorable de las comisiones, pero no hay voluntad política de la Presidencia del Congreso para el acuerdo correspondiente en el Pleno del Congreso. * 4º Cumplimiento de la Resolución Directoral Nº 025-2009- GORE-ICA-DRTE, del Ministerio de Trabajo, que solucionó definitivamente la Negociación Colectiva del Sindicato de Trabajadores Obreros de Shougang Hierro Perú, sin embargo la empresa minera Shougang de propiedad de la República Popular China, se niega a cumplir la Resolución Directoral en referencia sentando un grave precedente para los procesos de negociación colectiva en nuestro país. * 5º Exigimos la inmediata libertad para los dirigentes del Sindicato Unitario de Trabajadores Mineros Metalúrgicos de la Cía. Minera Casapalca (Unidad Americana) encarcelado arbitrariamente: Pedro Condori Laurente, Secretario General, Claudio Boza Huarinhuayo Sec. de Higiene y Seguridad Minera, Eloy Martín Poma Canchán Presidente del Comité de Lucha.
El día lunes 19 del presente a horas 9:00 a.m., se llevará a cabo la pre concentración en la Plaza Bolognesi para iniciar nuestra marcha de protesta en la ciudad de Lima, es responsabilidad de las bases estar presentes con un importante números de trabajadores, con sus respectivas banderolas.
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